domingo, 28 de febrero de 2010

Asignaciones Familiares




Las enfermeras tienen más riesgo de sufrir el Síndrome de Piernas Inquietas por el trabajo nocturno y los turnos

Las enfermeras tienen más riesgo de sufrir el Síndrome de Piernas Inquietas por el trabajo nocturno y los turnos

Las enfermeras tienen más riesgo de sufrir el Síndrome de Piernas Inquietas (SPI) debido al trabajo nocturno y los turnos rotatorios, según afirmó hoy en un comunicado el sindicato de Enfermería (SATSE) El trabajador a turnos presenta habitualmente una distorsión en la organización de los ciclos del sueño y los descansos diurnos, ya que trabaja en horas situadas fuera de su ritmo fisiológico y psicomotriz, explicaron.

Las enfermeras tienen más riesgo de sufrir el Síndrome de Piernas Inquietas (SPI) debido al trabajo nocturno y los turnos rotatorios, según afirmó hoy en un comunicado el sindicato de Enfermería (SATSE)

El trabajador a turnos presenta habitualmente una distorsión en la organización de los ciclos del sueño y los descansos diurnos, ya que trabaja en horas situadas fuera de su ritmo fisiológico y psicomotriz, explicaron.

Los profesionales de Enfermería, además, desempeñan su trabajo en un ambiente de estrés derivado del contacto permanente con la enfermedad y el dolor y de la propia complejidad del contexto sanitario. Esta situación provoca fatiga y puede ser el origen, en muchos casos, de la aparición de trastornos como el SPI. De hecho, el 6 por ciento de la población española de entre 18 y 65 años sufre esta patología, índice que aumenta sustancialmente en el caso de los profesionales de enfermería, según explicó SATSE.

Por todo ello, el sindicato propone la puesta en marcha de un itinerario que mejore progresivamente las condiciones de trabajo de los enfermeros a lo largo de su vida laboral, reduciendo progresivamente los factores que provocan SPI, entre otras patologías.

"A los profesionales se les debe ofertar la posibilidad de acogerse voluntariamente a un conjunto de medidas beneficiosas en función de variables como la edad, los años de servicios prestados, el tiempo de trabajo realizando turnos de noches, festivos, fines de semana, guardias y en unidades de especial penosidad o con sobrecarga laboral" manifestaron.

Además, SATSE propone un sistema de jubilación anticipada, voluntaria y parcial para los profesionales de Enfermería, rechazando la propuesta del gobierno de ampliar la edad de jubilación a 67 años.
http://www.adn. es/lavida/ 20100225/ NWS-2533- Inquietas- Sindrome- Piernas-enfermer as-nocturno. html

miércoles, 17 de febrero de 2010

¿QUE ES VIOLENCIA LABORAL ?



Violencia Laboral

¿Qué es?

En el mundo del trabajo la violencia se manifiesta como abuso de poder para doblegar la voluntad del otro mediante el empleo de la fuerza física, psicológica, económica y política. En este sentido, las mujeres aparecen como las más afectadas y vulnerables a esta agresión.
La violencia laboral es toda acción ejercida en el ámbito del trabajo que manifieste abuso de poder por parte del empleador, del personal jerárquico, de quien tenga la función de mando, de un tercero vinculado directa o indirectamente con él o de quien tenga influencias de cualquier tipo sobre la superioridad, según la definición elaborada por la Secretaria de Igualdad de Oportunidades de la Unión del Personal Civil de la Nación.
Esta
acción es ejercida sobre el/la trabajador/a, atentando contra su dignidad, integridad física, sexual, psicológica o social, mediante amenazas, intimidación, maltrato, persecución, menosprecio, insultos, bromas sarcásticas reiteradas, discriminación negativa, desvalorización de la tarea realizada, imposición, inequidad salarial (
ver Paridad laboral - Diferencias salariales), traslados compulsivos, acoso y el acoso sexual (ver Acoso sexual).

El maltrato psíquico y social se manifiesta como la hostilidad continua y repetida en forma de insultos, hostigamiento psicológico, desprecio y crítica. Por ejemplo:

-constante bloqueo de iniciativas de interacción generando aislamiento en el trabajador/a.
-cambios de oficina o lugar de trabajo para separarlo de su grupo cercano.
-prohibir hablar con compañeros/as.
-obligar a realizar tareas denigrantes.
-juzgar de manera ofensiva su desempeño.
-asignar tareas sin sentido con el fin de humillar.
-encargar trabajos imposibles de cumplir u obstaculizar la tarea para que no pueda ser llevada a cabo.
-promover el complot sobre el/la subordinado/ a.
-amenazar con despidos sin fundamento real

Por maltrato físico se entiende toda conducta que directa o indirectamente esté dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico sobre el/la trabajador/a, desde el encierro hasta golpes.

martes, 9 de febrero de 2010

Reconocer el Acoso Laboral , Evita Enfermedades

Parte 2

Como ejemplo tenemos una situación por la cual se persiguen grupos de trabajadores si no aceptaban el “retiro voluntario”, en ámbitos que pertenecían al estado o privado y cuyos empleados gozaban de estabilidad absoluta y que por imperio de políticas de privatizaciones o tercialización, pero generalmente una cláusula de salvaguarda impedía su despido incausado, razón por lo cual el único modo de lograr su desvinculación eran acuerdos voluntarios homologados por la autoridad de aplicación laboral.

Si no aceptaban esta situación eran:

  • incorporados a un lista con el mote de “inducidos”.
  • se hacían circular memos internos atribuidos a personal superior de la empresa, aunque sin firma, indicando que a los inducidos había que darle los peores trabajos.
  • Existían funcionarios, jefes, gerentes, especialmente dedicados a la tarea de convencer a los trabajadores indecisos.
  • Se los citaba para informarles que no tenían futuro en la empresa, pudiendo llegar a ser citados hasta tres veces por día.
  • Si la presión no daba resultado y seguían renuentes a aceptar el retiro, se tomaban represalias adicionales tales como traslados compulsivos a distancias muy alejadas de su domicilio, discriminación en el otorgamiento de tareas – no se les permitía realizar horas – no se les daba tareas y quedaban en su domicilio meses, se los ubicaban en oficinas donde no hacían nada para que “reflexionen” o les otorgaban un ritmo feroz de trabajo.

Si esto no fue mobbing como lo llamamos?

Efectos del acoso sobre la salud del trabajador:

Efectos cognitivos: olvidos y perdida de la memoria, Dificultad para concentrarse, Decaimiento, Depresión, Apatía, Sentimientos de inseguridad, Irritabilidad.

Síntomas psicosomáticos de estrés: Pesadillas, llanto, Aislamiento, Falta de apetito, Colon irritable, Sensación de nudo en la garganta.

Síntomas de desajuste del sistema nervioso autónomo: Dolores de pecho, Sudoración, Sequedad de boca, Palpitaciones, Sensación de falta de aire, Hipertensión arterial.

Síntomas de desgate físico: Dolores de espalda, Lumbares, Dolores musculares, Cervicobraquilgias.

Trastornos del sueño: Dificultad para concillar el sueño, Sueño interrumpido, Despertar temprano.

Seguimos con la parte 3



Reconocer el Acoso Laboral , Evita Enfermedades

Tipos de Mobbing

  1. Vertical o Descendente
  2. Ascendente
  3. Horizontal

Side Mobbing sin participar evitan actuar solidariamente con la víctima, consienten implícitamente el hostigamiento.

Para que exista el mobbing tiene que existir el acosador.

Característica del acosador

  • El sujeto tiene una idea grandiosa de su propia importancia.
  • Le absorben fantasías ilimitadas de éxito y de poder.
  • Se considera especial y único.
  • Piensa que se le debe todo.
  • Explota al otro en sus relaciones interpersonales.
  • Carece de empatía aunque pueden ser muy brillantes socialmente.
  • Puede fingir que entiende los sentimientos de los demás.
  • Tiene actitudes y comportamientos arrogantes.

El acosador generalmente sufre el SINDROME DE MEDIOCRIDAD INOPERANTE ACTIVA

Jurídicamente el mobbing se concreta siempre en un atentado continuando contra la dignidad del trabajador y los derechos que están asociados a esta.

Médicamente el mobbing no es una enfermedad nueva, sino un comportamiento lesivo que genera una serie de enfermedad en quines son sus objetivos.

En seguridad y Salud Laboral el mobbing es un tipo psico social emergente que tiene que ver con una serie de patologías organizativas que es necesario valuar y prevenir.

Los Diez comportamientos de mobbing más frecuentes (Barómetro Cisneros)

  1. Asignar trabajos sin valor
  2. Rebajar a la persona asignándole trabajos por debajo de su capacidad
  3. Ejercer sobre la persona una presión indebida para realizar su trabajo
  4. Evaluar su trabajo de una manera in equitativa
  5. Desvalorar sistemáticamente su esfuerzo o atribuirlo a terceros
  6. Amplificar y dramatizar de manera injustificada errores intrascendentes
  7. Menospreciar personal o profesionalmente a la persona
  8. Asignar plazos de ejecución inaceptables
  9. Restringir la posibilidad de comunicarse
  10. ignorar, excluir o hacer vacío, fingir no verle

El mobbing no es una enfermedad, la víctima no es un enfermo mental sino un trabajador dañado.

La responsabilidad del mobbing pertenece en un último término a la organización como garante del derecho a la dignidad del trabajador y a que su trabajo no le perjudique.

Saludos atte. Compañero Trabajadores



lunes, 8 de febrero de 2010

Tu recibo de sueldo

Primer Boletin de los Trabajadores de la Salud ( enero/ febrero / 2010 )

Próximo número ( marzo / abril ) reservalo

Este boletin tratar que vos sepas cuales son tus derechos como sujeto trabajador y comenzamos por el recibo de sueldo

Tu recibo de sueldo

El recibo de sueldo en general -además del encabezamiento, los datos de la empresa y de los aportes patronales- incluye, como es obvio, la fecha de ingreso del empleado y la discriminación del salario en: sueldo básico, adicionales, asignaciones y descuentos.

El sueldo básico: Es generalmente el que figura por convenio de actividad para una determinada categoría. Aunque algunas empresas le suman aumentos acordados con sus trabajadores. Pero nunca puede figurar un monto menor al sueldo básico de Convenio.

Antigüedad: Se otorga de acuerdo con el convenio y puede ser una suma fija mensual por la cantidad de años trabajados o una suma porcentual anual.

Horas extras: Se pagan cuando se extiende la jornada laboral y, en un día normal, el 50% más. En un día feriado el valor de la hora se incrementa el 100%.

Adicionales: Algunas empresas otorgan incrementos salariales pero bajo otras denominaciones como Plus por productividad y/o A cuenta de futuros aumentos, separados del sueldo básico.

Premios: Son de distinto tipo y dependen de variables independientes: los convenios específicos, acuerdo por empresa y los dados por las mismas compañías.

Descuentos: Al trabajador también se le aplican descuentos en su sueldo y son los referidos a obra social, jubilaciones, INSSJP y por cuota sindical.

Jubilación: trabajadores adheridos al sistema jubilatorio (estatal) el descuento es del 11%.

Obra Social: La empresa le retiene el 3% que luego deposita a la AFIP (de ese monto entre el 10 y el 15% se destina al ANSSAL).

Descuento INSSJP: Es otro descuento del 3% que se destina al INSSJP (Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados- PAMI).

Cuota sindical: No es obligatoria y el porcentaje, que ronda el 2 y el 3% , se aplica según cada gremio y va directo a la entidad sindical.

Cuota Solidaridad: Descuento es del 1 % del sueldo en Bruto y es obligatorio, se aplica según cada gremio y va directo a la entidad sindical

SAC: Otro beneficio que tienen los trabajadores es el Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido también como aguinaldo. Se paga cada seis meses. Se calcula como el 50% del mejor sueldo del primer semestre y el 50% del mejor sueldo del segundo semestre e incluye las horas extras.

Asignaciones: En determinados casos, los trabajadores perciben asignaciones a través del ANSES. Para ello, las empresas aportan una suma equivalente al 5,56% de la masa salarial al referido organismo que éste destina a casos especiales. Hay asignaciones por matrimonio, prenatal, maternidad, adopción, hijo, hijo discapacitado, ayuda escolar anual, y por defunción.

Maternidad: En el caso de la asignación por maternidad, la mujer recibe durante tres meses un monto equivalente a su sueldo pero que no paga la empresa sino el referido organismo.

Para calcular horas extras

  • Sueldo básico
  • Sustituto de tickets
  • Escalafón
  • Premio x rendimiento
  • Adicional nocturno, circuito, recargo, reemplazo
  • Titulo
  • A cuenta de futuro aumento

¿Cómo se calculan las horas?

• Para el trabajador o trabajadora mensual, la hora extra

Se calcula de la siguiente manera:

Se divide el sueldo entre 30, obteniéndose el valor de

un día de trabajo. El resultado se divide entre 8, obteniéndose así el valor de la hora de trabajo normal.

Por ejemplo: si tú cobras $1.000 por mes...

1000 : 30 = $ 33,3 (valor de un día de trabajo)

33,3 : 8 = $ 4,16 (valor de una hora de trabajo normal)

Sueldo total remunerativo / 200 : hs normales

Sueldo Mensual Habitual / 200 x 1,5= hs extra al 50%
Sueldo Mensual Habitual / 200 x 2= hs extra al 100%

Las horas al 150 % : hs al 50 % + hs 100

Continuamos conociendo nuestros derechos como sujeto trabajador en el próximo número, No te lo pierdas.

Saludos Sandro Ortega

jueves, 4 de febrero de 2010

Nuevo espacio

Este es un nuevo espacio que se abre para aclarar, denunciar y solucionar todos los temas que tengan los trabajadores de la salud.
Están todos invitados.